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La sociedad civil empieza a "pedir la cabeza" de los/as responsables (w,x,y,z...) Ver debate (3)Ver debates
Facua apunta a AENA para liquidar todas las indemnizaciones por el 3D
Aviaciondigit@l/Agencias

W X Y ZGuadalajara, 20 de julio de 2012.- En nota de agencia de Europa Press, la organización de consumidores Facua considera que la Sentencia que determina la responsabilidad indemnizatoria de AENA, en la demanda de un pasajero, hecha pública en el día de ayer, se debería aplicar al resto de personas afectadas por el cierre del espacio aéreo y que presentaron su correspondiente reclamación. En declaraciones a Europa Press, uno de los portavoces de la organización ha señalado que tras este fallo el Gobierno actual debería asumir "que debe indemnizar a los pasajeros" y no hacerles pasar por los trámites de las demandas judiciales y tribunales.

 
 
En declaraciones a Europa Press, uno de los portavoces de la organización ha señalado que tras este fallo el Gobierno actual debería asumir "que debe indemnizar a los pasajeros" y no hacerles pasar por los trámites de las demandas judiciales y tribunales.
"Instamos al Ejecutivo a que atienda de una vez las reclamaciones de los pasajeros a Aena y se proceda a indemnizarlos a todos", ha añadido el miembro de Facua.
Tras reiterar que cada pasajero afectado tendría que recibir una compensación económica, el portavoz ha tachado de "injusto" el obligar a los afectados a presentar recursos judiciales contra la entidad aeroportuaria ya que la actual sentencia "deja claro la responsabilidad de Aena por ser la empresa para la que trabajaban los controladores".
"Aena podría imponer a los controladores la repercusión de estos gastos dado que fue un paro ilegal, no una huelga, y tuvo como consecuencia un corte sangrante del tráfico aéreo", ha concluido, acaba la nota de agencia.

La organización de consumidores obvia por lo tanto lo que se sigue obviando en esta cuestión como es que no está aún acreditado si la calificación es o no es de "paro ilegal o huelga". Juridicamente al no haber Sentencia firme al respecto esto son elucubraciones simplemente que se pueden encontrar o no a lo largo del proceso en el que hay imputados por otra vía, la Penal. No entendemos en absoluto como no se apostilla por ejemplo "supuesto paro ilegal", que dotaría de precisión a las palabras y rigor a lo que se dice.

Según fuenes jurídicas consultadas por este medio, "lo que sí resulta objetivo y objetivable es el incuestionable hecho del cierre del espacio aéreo el día de autos. Lo que sí resulta objetivo y objetivable es que una o varias personas con atribuciones y potestad para hacerlo ordenó u ordenaron, siguiendo una cadena jerárquica, el cierre y la apertura de ese espacio aéreo los días 3 y 4 de diciembre de 2010. Dirimir la cadena de mando de la apertura y cierre, a mi modesto entender es un factor clave en la asunción de responsabilidades en este asunto. Se debería dirimir quién es la w, la x, la y, la z, etc... en esa cadena. Tampoco sería descartable juridicamente que el propio Ente exigiera responabilidades pecuniarias a esa cadena. ¿qué lo impide? ".

Esta misma fuente consultada nos indica. "Existen distintos niveles de responsabilidad en el cierre y en la apertura. Lo que no es opinable es que no fueron los controladores aéreos de servicio los que lo cerraron o abrieron". "Si se trata de responsabilidad patrimonial exclusiva al respecto la AN ha sido rotunda. Si no existe posibilidad de recurso alguno, esto sienta un precedente jurisprudencial importantísimo. Yo no entiendo cómo no se ha determinado la responsabilidad en origen. Intentar diluirla por las circunstancias no tiene demasiado sentido jurídico. Eso es otro proceso distinto al que está abierto, por presuntos delitos de terceros, que deberán demostrarse en su caso y que yo opino que será muy difícil apreciarlos con transparencia suficiente por un Juez. Esa es mi opinión. Pero la parte patrimonial pura y dura ya tiene el precedente de la Sentencia firme del día de ayer. Por lo tanto lo que indica Facua es absolutamente razonable"

 

 

Fecha de Publicación: (20/07/2012)
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